PEREZ ROYO Y LOS EREs DE LA JUNTA DE ANDALUCIA.
Este eminente jurista publica un artículo que todo demócrata debería leer dada la trascendencia y consecuencias que de ello se derivarán. Analiza la sentencia del Supremo sobre los ERE de la Junta de Andalucía que condena a fuertes penas a los ex presidentes Chaves y Griñan , aunque se está pendiente de publicarse la sentencia para un estudio más fundado. El artículo desarrolla desde un punto de vista estrictamente jurídico el fallo a la luz de los principios de derecho y llega a la conclusión de que la condena a Chaves por prevaricación es disparatada. No merece la pena entrar en la casuística compleja de los argumentos jurídicos porque se tiene el riesgo de perderse entre ellos y olvidarse de lo sustancial que es el juicio a los magistrados del Tribunal Provincial de Sevilla y a los tres que avalan la sentencia del TS. El resumen es que el delito de prevaricación es imposible cometerlo el Presidente de una comunidad autónoma o del gobierno central porque no tiene entre sus competencias las que le corresponden al Consejo de Gobierno. El Proyecto de Ley de Presupuestos puede ser bueno o malo, o inconstitucional, pero no delictivo. Sólo podrá cometer prevaricación la autoridad administrativa, pero no el Presidente. Considera que esta condena por prevaricación es una aberración incalificable e inaceptable en el mundo del derecho. Por tanto sólo puede ser consecuencia de una persecución política que prescinde “a sabiendas” de la Constitución y del Estatuto. O de “ignorancia inexcusable” en el ejercicio jurisdiccional. (Royo dixi)t. En este caso el único delito de prevaricación sería el de los tres magistrados del Provincial y previsiblemente de los tres del TS. Por eso el mensaje de Royo a Chaves es que en el momento de recibir la sentencia anuncie la interposición de una querella por presunta prevaricación contra los tres magistrados del Provincial y los del TS. Que en la propia sentencia están las pruebas del delito. .Con el mandato caducado hace cuatro años.
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